Bienvenidos

Este blog tratará de recopilar información oportuna para los contadores y fiscalistas de México. Software / Cursos / Información de la autoridad etc.

jueves, 17 de febrero de 2011

IMSS condonación de multas hasta del 90%

En la Ley de Ingresos de la Federación 2011 se autorizó la condonación de recargos y multas a los patrones y sujetos obligados que regularicen sus adeudos fiscales con el Instituto Mexicano del Seguro Social, siempre que dichos adeudos se hayan generado hasta el 30 de junio de 2010.

Para dichos efectos, los patrones y sujetos obligados deben presentar un escrito al IMSS a más tardar el 31 de marzo de 2011 en donde manifiesten su deseo de acogerse al beneficio citado.

El monto de la condonación de multas y recargos dependerá de la fecha en que se realice el pago o pagos de los adeudos, de conformidad con lo siguiente:

1. Si el pago de los adeudos se efectúa entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2011, la condonación de los recargos y multas será del 100 por ciento;

2. Si el pago de los adeudos se efectúa entre el 1 de abril y el 31 de mayo de 2011, la condonación de los recargos será del 80 por ciento y de multas será del 90 por ciento,

3. Si el pago de los adeudos se efectúa entre el 1 de junio y el 30 de junio de 2011, la condonación de los recargos será del 50 por ciento y de las multas será del 90 por ciento.

Para la aplicación práctica de este beneficio era necesario que el Consejo Técnico del IMSS expidiera las reglas o lineamientos generales. Pues bien, el día 14 de diciembre de 2011 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo “Lineamientos de carácter general para el cumplimiento de lo dispuesto en el apartado C, del artículo 16, de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2011, en materia de condonaciones con motivo de la regularización de adeudos fiscales ante el Instituto Mexicano del Seguro Social”.

Entre los puntos destacados de dicho acuerdo podemos citar los siguientes:

  • Datos que deberá contener el escrito en donde se manifiesta la voluntad de acceder al beneficio
  • Lugar y entidad ante quien se deberá presentar el escrito
  • Procedimientos, tramites y requisitos para la autorización de la condonación
  • La autorización de pago a plazos (en parcialidades o en una sola exhibición)
  • Otorgamiento de la garantía del interés fiscal

Las citadas reglas entraron en vigor a partir del 1 de enero de 2011.

No hay comentarios:

Publicar un comentario