REVISTA MARZO / ABRIL 2011
Bienvenidos
miércoles, 30 de marzo de 2011
Revista veritas de abril de 2011
Impuestos
Una mala determinación en la prima, en el Seguro de Riesgos de Trabajo
De actualidad e interés en materia de Contribuciones Locales y Seguridad Social
Diario Oficial de la Federación. Principales publicaciones del mes de febrero hasta el 10 de marzo de 2011
Decreto de estímulos fiscales y proyecto para la Ley de Amparo
martes, 15 de marzo de 2011
Fiscoactualidades Num. 114: Algunas Implicaciones en Materia de Seguridad Social por Pagos Efectuados a Personas Físicas
Fiscoactualidades Num. 114: Algunas Implicaciones en Materia de Seguridad Social por Pagos Efectuados a Personas Físicas
jueves, 3 de marzo de 2011
Se aplaza la fecha de presentación al IMSS de la prima de autodeterminación del grado de riesgo hasta el 7 de marzo
ACUERDO por el que se amplía el plazo que tienen los patrones para presentar la información con base a la cual determinarán la prima correspondiente para efectos del pago de sus cuotas en el Seguro de Riesgos de Trabajo. |
Jueves 03 de marzo de 2011 |
Al margen un logotipo, que dice: Instituto Mexicano del Seguro Social.- Dirección General.
ACUERDO POR EL QUE SE AMPLIA EL PLAZO QUE TIENEN LOS PATRONES PARA PRESENTAR
DANIEL KARAM TOUMEH, Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social, con fundamento en los artículos 3, fracción I y 45, de
CONSIDERANDO
Que conforme a lo dispuesto en los artículos 74, de
Que para cumplir con esta obligación, durante el mes de febrero de cada año los patrones deben presentar los formatos impresos o el dispositivo magnético generado por el programa informático que el Instituto autorice, en donde se harán constar los casos de riesgos de trabajo terminados durante el año, precisando la identificación de los trabajadores y las consecuencias de cada riesgo, así como el número de trabajadores promedio expuestos al riesgo dados en razón de la mecánica bajo la cual efectúen los pagos de cuotas. Además, de que los patrones determinarán, con base en los datos proporcionados al Instituto, la prima correspondiente y, conforme a la misma, cubrirán sus cuotas del Seguro de Riesgos de Trabajo;
Que la herramienta informática desarrollada por el Instituto para estos efectos, consiste en un módulo que forma parte del Sistema de Autodeterminación de Cuotas (SUA), mediante el cual los patrones registran las secuelas derivadas de riesgos de trabajo, para que previo al periodo de presentación, se genere un archivo con los resultados de la revisión de la siniestralidad patronal, el cual es enviado cada año al Instituto a través del Sistema “IMSS Desde Su Empresa” (IDSE);
Que el día 25 de febrero de 2011, se presentó una afectación operativa en la recepción de la información a través del IDSE, con base en la cual los patrones determinarán la prima correspondiente para efecto del pago de sus cuotas en el Seguro de Riesgos de Trabajo, debido a que la capacidad instalada del Instituto fue superada, obstaculizando de esta manera la recepción de dicha información. Los días 26 y 27 de febrero de 2011, el Instituto trabajó en la solución de esta problemática, y fue hasta el día 28 del mismo mes y año, cuando se logró recuperar toda la información correspondiente a 11,283 movimientos registrados el día de la falla en el sistema y, una vez restablecida la base de datos con la información generada, se reiniciaron los servicios en su totalidad;
Que debido a esta circunstancia, se estima que aproximadamente 53,600 patrones pudieron verse imposibilitados para cumplir con su obligación, en razón de que los días en que se dio la problemática eran inhábiles y no podían hacerlo en forma presencial en las subdelegaciones del Instituto;
Que de conformidad con
ACUERDO
ARTICULO UNICO.- Se amplía el plazo al día 7 de marzo de 2011, que tienen los patrones para presentar los formatos impresos o el dispositivo magnético generado por el programa informático “IMSS Desde Su Empresa” (IDSE), y determinar, con base en los datos proporcionados al Instituto, la prima correspondiente conforme a la cual cubrirán sus cuotas del Seguro de Riesgos de Trabajo.
TRANSITORIOS
Unico- El presente Acuerdo surtirá sus efectos el día de su publicación en el Diario Oficial de
Dado en
lunes, 28 de febrero de 2011
Veritas del mes de marzo

Lo relevante de este número en materia fiscal. | ||
Impuestos De interés y actualidad en materia de Contribuciones Locales y Seguridad Social |
jueves, 17 de febrero de 2011
IMSS condonación de multas hasta del 90%
En la Ley de Ingresos de la Federación 2011 se autorizó la condonación de recargos y multas a los patrones y sujetos obligados que regularicen sus adeudos fiscales con el Instituto Mexicano del Seguro Social, siempre que dichos adeudos se hayan generado hasta el 30 de junio de 2010.
Para dichos efectos, los patrones y sujetos obligados deben presentar un escrito al IMSS a más tardar el 31 de marzo de 2011 en donde manifiesten su deseo de acogerse al beneficio citado.
El monto de la condonación de multas y recargos dependerá de la fecha en que se realice el pago o pagos de los adeudos, de conformidad con lo siguiente:
1. Si el pago de los adeudos se efectúa entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2011, la condonación de los recargos y multas será del 100 por ciento;
2. Si el pago de los adeudos se efectúa entre el 1 de abril y el 31 de mayo de 2011, la condonación de los recargos será del 80 por ciento y de multas será del 90 por ciento,
3. Si el pago de los adeudos se efectúa entre el 1 de junio y el 30 de junio de 2011, la condonación de los recargos será del 50 por ciento y de las multas será del 90 por ciento.
Para la aplicación práctica de este beneficio era necesario que el Consejo Técnico del IMSS expidiera las reglas o lineamientos generales. Pues bien, el día 14 de diciembre de 2011 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo “Lineamientos de carácter general para el cumplimiento de lo dispuesto en el apartado C, del artículo 16, de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2011, en materia de condonaciones con motivo de la regularización de adeudos fiscales ante el Instituto Mexicano del Seguro Social”.
Entre los puntos destacados de dicho acuerdo podemos citar los siguientes:
- Datos que deberá contener el escrito en donde se manifiesta la voluntad de acceder al beneficio
- Lugar y entidad ante quien se deberá presentar el escrito
- Procedimientos, tramites y requisitos para la autorización de la condonación
- La autorización de pago a plazos (en parcialidades o en una sola exhibición)
- Otorgamiento de la garantía del interés fiscal
Las citadas reglas entraron en vigor a partir del 1 de enero de 2011.