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Este blog tratará de recopilar información oportuna para los contadores y fiscalistas de México. Software / Cursos / Información de la autoridad etc.

miércoles, 30 de marzo de 2011

Revista intelegis de marzo-abril

REVISTA MARZO / ABRIL 2011

Sumario

Editorial

Humor

Aspectos a tomar en cuenta al presentar la declaracion
anual 2010 de personas físicas


La importancia de registrar tu marca

Responsabilidad solidaria de los accionistas

Actualización en normas de información financiera


Familia: Ciclo Vital

Plan de Negocios

Arbitraje privatización de la justicia

Reflexión



Revista veritas de abril de 2011

Relevante en materia de impuestos en este número

Impuestos
Una mala determinación en la prima, en el Seguro de Riesgos de Trabajo

De actualidad e interés en materia de Contribuciones Locales y Seguridad Social

Diario Oficial de la Federación. Principales publicaciones del mes de febrero hasta el 10 de marzo de 2011

Decreto de estímulos fiscales y proyecto para la Ley de Amparo



Para descargar el número completo clic en este link

martes, 15 de marzo de 2011

Fiscoactualidades Num. 114: Algunas Implicaciones en Materia de Seguridad Social por Pagos Efectuados a Personas Físicas

Del IMCP este articulo
Fiscoactualidades Num. 114: Algunas Implicaciones en Materia de Seguridad Social por Pagos Efectuados a Personas Físicas

Condonación de multas IMSS

Del colegio de contadores del estado de México



jueves, 3 de marzo de 2011

Se aplaza la fecha de presentación al IMSS de la prima de autodeterminación del grado de riesgo hasta el 7 de marzo

En acuerdo publicado el día de hoy


ACUERDO por el que se amplía el plazo que tienen los patrones para presentar la información con base a la cual determinarán la prima correspondiente para efectos del pago de sus cuotas en el Seguro de Riesgos de Trabajo.

Jueves 03 de marzo de 2011

Al margen un logotipo, que dice: Instituto Mexicano del Seguro Social.- Dirección General.

ACUERDO POR EL QUE SE AMPLIA EL PLAZO QUE TIENEN LOS PATRONES PARA PRESENTAR LA INFORMACION CON BASE A LA CUAL DETERMINARAN LA PRIMA CORRESPONDIENTE PARA EFECTOS DEL PAGO DE SUS CUOTAS EN EL SEGURO DE RIESGOS DE TRABAJO.

DANIEL KARAM TOUMEH, Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social, con fundamento en los artículos 3, fracción I y 45, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 59, fracciones V y XIV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 5, 251, fracciones I, IV, VIII y XXXVII, 268, fracciones IX y XII, 270 y 271, de la Ley del Seguro Social; así como 66, fracción XVI, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, y

CONSIDERANDO

Que conforme a lo dispuesto en los artículos 74, de la Ley del Seguro Social, y 32, fracción V, del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, los patrones están obligados a revisar anualmente su siniestralidad relativa al año inmediato anterior, para determinar si permanecen en la misma prima del Seguro de Riesgos de Trabajo, o si ésta se disminuye o aumenta;

Que para cumplir con esta obligación, durante el mes de febrero de cada año los patrones deben presentar los formatos impresos o el dispositivo magnético generado por el programa informático que el Instituto autorice, en donde se harán constar los casos de riesgos de trabajo terminados durante el año, precisando la identificación de los trabajadores y las consecuencias de cada riesgo, así como el número de trabajadores promedio expuestos al riesgo dados en razón de la mecánica bajo la cual efectúen los pagos de cuotas. Además, de que los patrones determinarán, con base en los datos proporcionados al Instituto, la prima correspondiente y, conforme a la misma, cubrirán sus cuotas del Seguro de Riesgos de Trabajo;

Que la herramienta informática desarrollada por el Instituto para estos efectos, consiste en un módulo que forma parte del Sistema de Autodeterminación de Cuotas (SUA), mediante el cual los patrones registran las secuelas derivadas de riesgos de trabajo, para que previo al periodo de presentación, se genere un archivo con los resultados de la revisión de la siniestralidad patronal, el cual es enviado cada año al Instituto a través del Sistema “IMSS Desde Su Empresa” (IDSE);

Que el día 25 de febrero de 2011, se presentó una afectación operativa en la recepción de la información a través del IDSE, con base en la cual los patrones determinarán la prima correspondiente para efecto del pago de sus cuotas en el Seguro de Riesgos de Trabajo, debido a que la capacidad instalada del Instituto fue superada, obstaculizando de esta manera la recepción de dicha información. Los días 26 y 27 de febrero de 2011, el Instituto trabajó en la solución de esta problemática, y fue hasta el día 28 del mismo mes y año, cuando se logró recuperar toda la información correspondiente a 11,283 movimientos registrados el día de la falla en el sistema y, una vez restablecida la base de datos con la información generada, se reiniciaron los servicios en su totalidad;

Que debido a esta circunstancia, se estima que aproximadamente 53,600 patrones pudieron verse imposibilitados para cumplir con su obligación, en razón de que los días en que se dio la problemática eran inhábiles y no podían hacerlo en forma presencial en las subdelegaciones del Instituto;

Que de conformidad con la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, la Administración Pública Federal tiene facultades para, de oficio o a petición de parte interesada, ampliar los términos y plazos establecidos, sin que dicha ampliación exceda en ningún caso de la mitad del plazo previsto originalmente, cuando así lo exija el asunto y no se perjudiquen los derechos de los interesados o de terceros, he tenido a bien expedir el siguiente.

ACUERDO

ARTICULO UNICO.- Se amplía el plazo al día 7 de marzo de 2011, que tienen los patrones para presentar los formatos impresos o el dispositivo magnético generado por el programa informático “IMSS Desde Su Empresa” (IDSE), y determinar, con base en los datos proporcionados al Instituto, la prima correspondiente conforme a la cual cubrirán sus cuotas del Seguro de Riesgos de Trabajo.

TRANSITORIOS

Unico- El presente Acuerdo surtirá sus efectos el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, el primer día del mes de marzo de dos mil once.- El Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social, Daniel Karam Toumeh.- Rúbrica.

jueves, 17 de febrero de 2011

IMSS condonación de multas hasta del 90%

En la Ley de Ingresos de la Federación 2011 se autorizó la condonación de recargos y multas a los patrones y sujetos obligados que regularicen sus adeudos fiscales con el Instituto Mexicano del Seguro Social, siempre que dichos adeudos se hayan generado hasta el 30 de junio de 2010.

Para dichos efectos, los patrones y sujetos obligados deben presentar un escrito al IMSS a más tardar el 31 de marzo de 2011 en donde manifiesten su deseo de acogerse al beneficio citado.

El monto de la condonación de multas y recargos dependerá de la fecha en que se realice el pago o pagos de los adeudos, de conformidad con lo siguiente:

1. Si el pago de los adeudos se efectúa entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2011, la condonación de los recargos y multas será del 100 por ciento;

2. Si el pago de los adeudos se efectúa entre el 1 de abril y el 31 de mayo de 2011, la condonación de los recargos será del 80 por ciento y de multas será del 90 por ciento,

3. Si el pago de los adeudos se efectúa entre el 1 de junio y el 30 de junio de 2011, la condonación de los recargos será del 50 por ciento y de las multas será del 90 por ciento.

Para la aplicación práctica de este beneficio era necesario que el Consejo Técnico del IMSS expidiera las reglas o lineamientos generales. Pues bien, el día 14 de diciembre de 2011 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo “Lineamientos de carácter general para el cumplimiento de lo dispuesto en el apartado C, del artículo 16, de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2011, en materia de condonaciones con motivo de la regularización de adeudos fiscales ante el Instituto Mexicano del Seguro Social”.

Entre los puntos destacados de dicho acuerdo podemos citar los siguientes:

  • Datos que deberá contener el escrito en donde se manifiesta la voluntad de acceder al beneficio
  • Lugar y entidad ante quien se deberá presentar el escrito
  • Procedimientos, tramites y requisitos para la autorización de la condonación
  • La autorización de pago a plazos (en parcialidades o en una sola exhibición)
  • Otorgamiento de la garantía del interés fiscal

Las citadas reglas entraron en vigor a partir del 1 de enero de 2011.