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Este blog tratará de recopilar información oportuna para los contadores y fiscalistas de México. Software / Cursos / Información de la autoridad etc.

jueves, 21 de febrero de 2013

DEM DE IVA 2013


SI DESEA SOLICITAR LA DEVOLUCIÓN O COMPENSAR SALDOS A FAVOR DE IVA DEBE UTILIZAR LA NUEVA VERSIÓN DE ESTE PROGRAMA

Las personas que presentan la solicitud de devolución o el aviso de compensación de saldos a favor de IVA, deben presentar la información de operaciones con proveedores, arrendadores, prestadores de servicios y comercio exterior que generan dichos saldos a favor, requeridos en los trámites de devoluciones y compensaciones de IVA, correspondientes a periodos de este ejercicio o anteriores.
A partir de febrero 2013, los contribuyentes deben utilizar el DEM de IVA V.1.0.0, para capturar y presentar en dispositivo magnético (CD o USB) ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que le corresponda, la información antes señalada.
Para ejecutar el DEM de IVA en su PC, requiere tener instalado el software de Java. Si usted cuenta con Windows 95, 98, ME, NT o 2000, debe utilizar la versión del Java 1.3.1 con el nombre de archivo. ( 5,239 kB) j2re-1_3_1–win.exe , si cuenta con Windows XP utilice la versión del Java 1.4.0.04 con el nombre de archivo ( 14,872 kB) j2re-1_4_2_03-windows-i586-p.exe.
Si lo desea puede descargar el instalador del sistema DEM que incluye el software de Java siguiendo el procedimiento:
Versión del sistema DEM_IVA V.1.0.0, provista de un asistente de instalación.
Para usuarios que aún no cuentan con una versión del software de Java instalado en la PC:
· Descargue e instale en su PC el siguiente archivo y siga las indicaciones del asistente de instalación:
Opción 1:
· ( 8,100 kB) DEM_IVA_2013.exe
Opción 2:
· ( 8,100 kB) DEM_IVA_2013.exe

KPMG Criterio no vinculativo respecto a los gastos por concepto de viáticos


Criterio no vinculativo respecto a los gastos por concepto de viáticos 

En los últimos años, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha intensificado el ejercicio de sus facultades de comprobación en ciertos temas en específico, entre los que se destaca el cuestionamiento que ha hecho en los casos cuando empresas operativas o manufactureras contratan los servicios de personal de empresas de servicios (normalmente partes relacionadas), y deducen los gastos que realizan por concepto de viáticos y gastos de viajes a favor de empleados de la empresa prestadora de servicios.
El criterio aplicado por el SAT es considerar que los gastos de viajes y viáticos erogados en favor de los empleados de las empresas de servicios, no son gastos deducibles para efectos del cálculo del Impuesto Sobre la Renta (ISR), debido a que se considera que no son realizados en favor de sus propios empleados y que los servicios profesionales únicamente pueden ser prestados por personas físicas, no por personas morales.

En el Anexo 3 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el Ejercicio de 2013, se incorpora un nuevo criterio no vinculantivo en ese mismo sentido, por lo que los contribuyentes que se encuentren en ese supuesto y que hayan erogado gastos a favor de personas físicas que no son sus empleados –pero que les prestan servicios como parte de un contrato de servicios con otra empresa– deberán revelar esta situación en sus dictámenes fiscales.

Por otra parte, es importante considerar que, como consecuencia del criterio sustentado por el SAT, se han determinado diversos créditos fiscales que, en la mayoría de los casos, han sido impugnados por los contribuyentes mediante la interposición de juicios de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA).

En ese sentido, las Salas Regionales Metropolitanas del TFJFA han emitido diversas sentencias, una de las cuales ha sido favorable para un contribuyente que se encuentra en dicha situación. En uno u otro sentido, los litigios continuarán su rumbo procesal para ser revisados por instancias superiores como los Tribunales Colegiados de Circuito y, de ser necesario, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Por lo pronto, la sentencia favorable mencionada resolvió que es ilegal el rechazo de la autoridad de la deducción en cuestión y, consecuentemente, confirmó el hecho de que los gastos por concepto de gastos de viajes y viáticos erogados por empresas operativas en favor de los empleados de las empresas de servicios, resultan ser deducibles para efectos del cálculo del ISR.

Asimismo, el citado tribunal concluyó que la prestación de servicios profesionales no implica la existencia de una relación laboral entre quien presta el servicio y quien lo recibe, así como que el servicio no necesariamente debe ser prestado por personas físicas, pues si bien el Código Civil Federal no prevé de forma expresa la posibilidad de que sociedades mercantiles presten servicios profesionales, tampoco lo prohíbe.

Bajo tales consideraciones, la Sala del TFJFA estimó que los gastos por concepto de viáticos y gastos de viaje erogados por las empresas operativas, son estrictamente indispensables para las mismas, pues sólo mediante éstos, los empleados de las empresas de servicios pueden jurídica y materialmente prestar los servicios para los que fueron contratados por las citadas empresas de servicios y, a su vez, las empresas operativas pueden realizar sus actividades de manera normal.

Desde luego, es importante contar con pruebas y evidencia necesaria para ayudar a soportar adecuadamente la defensa de cada caso.

No obstante lo anterior, al ser ahora considerada la deducción de estos gastos una práctica fiscal indebida para el SAT, tendrá que ser materia de revelación en los dictámenes fiscales y, por todas las razones aquí descritas, será relevante la labor que lleven a cabo los tribunales en el análisis de los casos que están conociendo sobre esta materia.

Como siempre, el personal de la Práctica de Impuestos de KPMG en México está a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que pueda tener en su empresa la aplicación de las disposiciones anteriores.

Veritas Febrero de 2013

PWC Revista Vision 1 de 2013



Destacados:
Reforma laboral 2012: Nuevas formas de contratación
Flujos de fecetivo para mediciones de valor

http://www.pwc.com/mx/es/publicaciones/archivo/2013-02-vision.pdf




PRAXIS de la justicia fiscal y administrativa Num.12


Año V, Núm. 12
rev.12
EDITORIAL>>ENTRAR
Conceptos Constitucionales de la contribución o del derecho al mínimo Vital >> IR AL ABSTRACT
Mtra. Ixchel Tenorio Cruz*
*Maestra en Derecho, egresada de la Facultad de Derecho de la UNAM, titulada con mención honorífica. Obtuvo el título de Licenciado en Derecho con la tesis
intitulada “La Consulta Fiscal a partir de 2007, sus efectos”. Secretaria de Acuerdos adscrita a la Tercera Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 2008 a 2011; actualmente Secretaria de Acuerdos de la Secretaría General de Acuerdos del mismo Tribunal Federal. Correo electrónico:ix_ixchel@hotmail.com.
Análisis de la naturaleza y regulación jurídica del Impuesto al Valor Agregado >> IR AL ABSTRACT 
Mtra. María Teresa del Niño Jesús Cadena Solórzano*,
Lic. Rebeca Lizbeth Juárez Blancas**,
Lic. Aarón Ernesto Fuentes Ramírez*** y
Mtra. Angélica Anahí Meneses Elizalde****
* María Teresa del Niño Jesús Cadena Solórzano: Maestría en Derecho Fiscal por la Universidad Nacional Autónoma de México. Abogada postulante, maestra de diversas materias a nivel licenciatura y maestría, así como Directora de área, en el Consejo de la Judicatura Federal y en la Dirección General de Amparos Contra
Actos Administrativos, Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Actualmente funge como Secretaria de Acuerdos de la Segunda Sala Regional Metropolitana.
** Rebeca Lizbeth Juárez Blancas: Egresada de la Licenciatura de Derecho en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, generación 2008-2012, realizó su servicio social en la Segunda Sala Regional Metropolitana, se desempeña como asistente de la Licenciada María Teresa del Niño Jesús
Cadena Solórzano en la Universidad Insurgentes, a partir del 12 de febrero de 2012.
*** Aarón Ernesto Fuentes Ramírez: Catedrático de la Licenciatura en Derecho, impartiendo la materia de Derecho Fiscal en la Universidad Insurgentes Plantel Tlalpan, fecha 12 de septiembre de 2011 a 6 de enero de 2012, actualmente se desempeña como Secretario Auxiliar de Secretaria de Acuerdos en la Segunda
Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
**** Angélica Anahí Meneses Elizalde: Maestra en Derecho Fiscal, Primer Cuatrimestre, fecha 2012 a la actualidad, asistente de la Licenciada María Teresa del Niño Jesús Cadena Solórzano en la Universidad Insurgentes, a partir del 11 de marzo de 2012.
Aspectos Trascendentes de la Reforma Fiscal 2013 >> IR AL ABSTRACTMtro. Antonio Alberto Vela Peón*
Licenciado en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México, Diplomado en Derecho Empresarial e Impuestos por el Instituto Tecnológico Autónomo de México y Maestro en Derecho Tributario por la Universidad Panamericana. Ha sido Abogado de la Procuraduría Fiscal de la Federación; Editor y consultor del servicio de consultoría empresarial Información Dinámica de Consulta (IDC) del Grupo Editorial Expansión; y Socio del área legal-fiscal de la firma PRICE WATERHOUSE COOPERS. Actualmente Socio del despacho Abogados Empresariales AVP (Servicios Profesionales AVP, S.C.). Es miembro de las comisiones Fiscal y Amparo y Constitucional de ANADE, Colegio de Abogados, desde 1990.
Como redactar una demanda y contestación en una disputa sobre nombres de dominio >> IR AL ABSTRACT
Mtro. Joel A. Gómez Treviño*
*Abogado egresado del ITESM Campus Monterrey en 1995, con Maestría en Derecho Comercial Internacional por la Universidad de Arizona (Estados Unidos) y estudios de Posgrado en Liderazgo de Negocios y Derecho de Propiedad Intelectual Internacional realizados en Reino Unido. Cuenta con certificaciones en Aspectos Regulatorios del Gobierno Electrónico y Aspectos Legales del Comercio Electrónico de la Organización de Estados Americanos (OEA) y la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD). Ha impartido más de 160 conferencias en programas académicos y profesionales de México, Estados Unidos, Canadá, Colombia, Costa Rica, Ecuador, Italia y Asia. Desde 1998 ha sido Profesor de Derecho Informático en diversas universidades nacionales y extranjeras, entre ellas: ITESM, UP, UNAM, La Salle, INACIPE, Universidad Nacional de la Patagonia “San Juan Bosco” (Argentina), Escuela Superior Politécnica del Litoral (Ecuador) y The University of San Diego (Estados Unidos).
Acciones Legales en Defensa de las Marcas >> IR AL ABSTRACT
Lic. César Aranda Bonilla*
*Licenciado en Derecho, socio del Despacho Jurídico Millán & Aranda, autor de varias obras en materia de Propiedad Intelectual
La Normatividad Reguladora de las Funciones Administrativas de “Policía” en el contexto laboral vigente >> IR AL ABSTRACT
Dr. José Manuel Escamilla Jaime*
*Profesor-Investigador del Instituto de Estudios Jurídicos de Jalisco (IDEJ). Doctor en Derecho por el Instituto Internacional del Derecho y del Estado. Máster en Derecho Corporativo Internacional por la Universidad Autónoma de Guadalajara. Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Zacatecas.
El “Aviso de Privacidad” como un mecanismo ineficaz de protección del derecho a la autodeterminación informativa >> IR AL ABSTRACT
Lic. Suad Lozano Vega*
*Licenciada en Derecho por la Facultad de Derecho de la UNAM, Especialista en Derecho Fiscal por la UNAM, maestrante en Derecho en la Universidad Nacional Autónoma de México, socia fundadora del despacho Sánchez & Lozano abogados especialistas.
El Contencioso de Interpretación en México >> IR AL ABSTRACT
Lic. Rosa Ireri Arreola Talavera*
* Licenciada en Derecho por la Universidad del Valle de México, con especialidad en Justicia Administrativa. Ha hecho prácticas de Derecho Mercantil Marítimo, curso el Seminario de Derecho Constitucional y Parlamentario “El Nuevo Milenio”, fue Profesora de Derecho Constitucional en la Escuela Panamericana de Administración y Hoteleria, curso el Diplomado en Derecho Procedimental Fiscal, y asistió al Congreso Nacional de la Academia Mexicana de Derecho Fiscal, fungió como Actuaria del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, actualmente es Abogada litigante.
Las Sentencias >> IR AL ABSTRACT
Mro. José Antonio Rumoroso Rodríguez*
*Es maestro en Filosofía Social y ha obtenidos las Licenciaturas en Filosofía en la Universidad La Salle, y la Licenciatura en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México, Campus FES Acatlán. En su experiencia se encuentra haber sido Oficial Jurisdiccional (Enlace de Alto Nivel de Responsabilidad), durante el periodo 2008-2010 en el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
La Racionalidad y la Razonabilidad en las Resoluciones Judiciales (Distinguir para Comprender) >> IR AL ABSTRACT
Dra. Susana González Hernández*
* Licenciada en Derecho por la Universidad Autónoma de México, Doctora en Derecho por la Universidad Autónoma de Durango, con maestría en Derecho, Derecho Fiscal y Amparo, especialista en materia Fiscal, con diplomados en Argumentación Jurídica, Derechos Humanos y Nuevo Sistema Acusatorio.
Legalidad y Constitucionalidad de la Extracción y Fijación de la Evidencia Digital >> IR AL ABSTRACT
Lic. Alexander Díaz García*
*Artículo publicado previamente como “Notas sobre la prueba digital” el 11 de noviembre de 2012, en el sitio web español http://es.scribd.com/doc/112827112/ Notas-sobre-la-prueba-digital-Alexander-Diaz-Garcia-V-2.
El Estudio Automatizado de los Conceptos como parte de un Proceso de Adquisición del Conocimiento Jurídico >> IR AL ABSTRACT
Mtro.Noé Adolfo Riande Juárez*
Abogado por la Universidad Veracruzana, Maestro en Filosofía del Derecho por la Università degli Studi di Roma “La Sapienza”, especialista en “Recuperación electrónica de documentación (jurídica)” por la Corte Suprema di Cassazione italiana; Presidente fundador de la Asociación Nacional de Investigadores en Informática Jurídica, A.C.; Catedrático de la División de Estudios de Posgrado de la Facultad de Derecho y catedrático por invitación de la Maestría en Derecho del Instituto de Investigaciones Jurídicas, ambas, de la Universidad Nacional Autónoma de México; y actualmente Director de Investigación del Centro de Estudios Superiores en materia de Derecho Fiscal y Administrativo del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.