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sábado, 14 de abril de 2012

DECLARACIÓN ANUAL PERSONAS FÍSICAS 2011

DECLARACIÓN ANUAL PERSONAS FÍSICAS 2011
Abril 10, 2
Estimados clientes y amigos, les recordamos que la Declaración Anual 2011 de Personas Físicas se deberá presenta a más tardar durante Abril de 2012, por lo que sugerimos tomar en cuenta qué personas se encuentran obligadas a presentarla y quiénes pueden obtener un beneficio en materia de devolución de ISR pagado o retenido en exceso.

¿Quiénes están obligados a presentarla?
Aquellas personas que hubieran obtenido ingresos en el ejercicio 2011 por los siguientes conceptos:

Ø  Prestación de Servicios Profesionales (honorarios)
Ø  Arrendamiento de bienes inmuebles
Ø  Los provenientes de Actividades Empresariales (comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, silvícolas, de pesca, y de autotransporte), excepto los REPECOS.
Ø  Enajenación y Adquisición de bienes.
Ø  Por percibir salarios, siempre y cuando
a)    Se hubieran obtenido por este concepto ingresos mayores a $400,000 (cuatrocientos mil pesos 00/100) en el ejercicio
b)    Se hubiera avisado al patrón por escrito que la opción de presentar la Declaración Anual del ejercicio por cuenta propia, ó
c)    Por el hecho de percibir ingresos por salarios de más de un patrón simultáneamente.
Ø  Por intereses, en caso de percibir ingresos únicamente por este concepto y dichos ingresos exceden de $100,000 (cien mil pesos 00/100). Atendiendo al Decreto publicado el 15 de marzo de 2012, el contribuyente puede elegir no acumular los ingresos por intereses, siempre que no acredite el ISR retenido considerándolo como definitivo.
Ø  Las que hayan percibido otros ingresos, por ejemplo: las deudas condonadas por el acreedor o pagadas por otra persona, por inversiones en el extranjero, por intereses moratorios, y/o por penas convencionales, etc.



Es necesario recordar que se deberán informar en la declaración anual aquellos ingresos que se  hayan percibido en el año por los conceptos y en los montos de:
Ø  Préstamos, premios y donativos, que en lo individual o en su conjunto excedan de $600,000 (seiscientos mil pesos 00/100).
Ø  Aquellos ingresos exentos del pago del ISR por herencias o legados y por enajenación de casa habitación, si la suma de los ingresos totales, contenidos en la declaración, es mayor a $500,000.00. pesos.

Cabe señalar que el hecho de no informar este tipo de ingresos puede ocasionar que sean sujetos al pago del impuesto correspondiente, aun cuando la ley los contemple como exentos.

Documentación Necesaria:
Es recomendable para efectos de contar con los elementos necesarios para la presentación de la Declaración Anual contar con lo siguiente:

Ø  Nombre completo, RFC y domicilio fiscal.
Ø  Constancia de los ingresos por salarios (formato 37 o anexo 1 del programa DIM presentado por el patrón) expedido por la empresa que los pagó, si los hubiera.
Ø  Constancia de intereses "reales" ganados en Bancos de México (Debió expedirla y enviarla el banco mexicano).
Ø  Constancias de Impuesto retenido en el extranjero por los intereses ganados.
Ø  Copia de los estados de cuenta de inversiones en bancos extranjeros en los que se pueda apreciar los intereses o dividendos ganados.
Ø  Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC) o en su caso la Firma Electrónica Avanzada (FEA o FIEL), ambas vigentes.
Ø  En caso de resultar con saldo a favor de ISR superior a $13,970 se requiere invariablemente la FIEL.
Ø  Copia del estado de cuenta en donde se pretenda que la autoridad deposite en caso de resultar con saldo a favor. El estado de cuenta únicamente es para obtener la CLABE (Clave bancaria estandarizada), de no proporcionarla la autoridad no podrá depositar.
Ø  Se podrán considerar como deducciones personales los gastos siguientes, siempre y cuando los hubiesen pagado en el ejercicio 2011 y se cuente con los comprobantes que reúnan todos los requisitos fiscales:
o    Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente
o    Honorarios a enfermeras, estudios y análisis clínicos
o    Lentes ópticos graduados hasta por un monto de $ 2,500.00
o    Donativos siempre que se otorguen a instituciones autorizadas por el SAT para recibir donativos y estos no excedan del 7% de los ingresos del ejercicio 2011

Ø  Relación de otro tipo de ingresos obtenidos a título personal: Venta de casa habitación, venta de inmuebles, obtención de préstamos bancarios de cualquier tipo, herencias, legados, donaciones, premios, etc. siempre que estos en lo individual o en su conjunto superen $600,000 durante el 2011.
Ø  Documentación relacionada con la venta de bienes inmuebles que se sucedieron en el 2011.
Ø  En caso de resultar cantidad a pagar, primero se presenta el formato de declaración y después se realiza el pago desde portal bancario.

Nueva versión del SIPRED 4.0.0.4


SIPRED 2010 AL 2011

  1. Instalación del SIPRED 2011 por primera vez:

    • Instale el SIPRED 2011 
  2. Instalación del SIPRED 2011 cuando ya se tenga instalada la versión del SIPRED 2010:

    • La instalación se realizara de forma automática cuando se ingrese  al SIPRED y esté conectado a Internet, quedando instalada la versión 4.0.0.4
2011

  • ( 717 Kb) SIPRED 2011.exe con Office 2007
  • Descarga PDF 1018 Kb) Manual de instalación SIPRED 2011
  • Descarga PDF 8070 Kb) Manual de usuario SIPRED 2011
     
  • Indices con información mínima e información sin signo 2011
     
  • Instructivo de características para la presentación del dictamen 2011
     
  • Instructivo para la integración y presentación del dictamen 2011
     
  • Enviar Dictamen Fiscal 2011 y 2010
     
  • Monitor del Dictamen Fiscal 2011 y 2010

    2010
  • ( 7,136 kB) SIPRED 2010.zip con Office 2003
     
  • Indices con información mínima e información sin signo 2010
     
  • Instructivo de características para la presentación del dictamen 2010
     
  • Instructivo para la integración y presentación del dictamen 2010
     
  • Precisiones para sociedades controladoras (impuestos diferidos)
     
  • PWC. Como evitar que su contador le haga fraude

    Cómo evitar que su contador le haga fraude
    Siete consejos para no ser vulnerable
    Medio: El Economista, Valores y Dinero
    Fecha: 28 de marzo
    Opinión: Claudia Campos, Socia de Impuestos y Servicios Legales de PwC México.

    Revista intelegis Marzo-Abril 2012


    REVISTA MARZO / ABRIL 2012

    Información relevante publicada en el DOF en marzo de 2012



    • Decreto
      Abril 09. Por el que se reforman diversas Leyes Federales
    • Decreto
      Marzo 30. Que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa.

    Revista Veritas Abril de 2012

     
    Abril 2012


    http://www.ccpm.org.mx/veritas/abril2012/index.php